31 de mayo de 2017

JEFE DE GABINETE SEGUNDA VISITA



El Jefe de Gabinete,Marcos Peña expondrá por segunda vez en el año en la Cámara de Diputados. La cita está fijada para hoy, a partir de las 11.30.

El informe de gestión N°101, compuestos por las 990 preguntas enviadas al ministro coordinador, con sus respectivas respuestas.

El documento, un trabajo articulado con todos los ministerios del Poder Ejecutivo, contiene respuestas sobre la situación socio-laboral del país, la política previsional, la política energética y el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre el beneficio del 2x1 a condenados por delitos de lesa humanidad, entre otros temas.


20 de mayo de 2017

OTRO MONOBLOQUE EN DIPUTADOS

El Diputado Nacional ,Héctor Daer (CGT)  le puso punto final a su relación con el Frente Renovador de Sergio Massa y oficializó su salida del interbloque, que ahora quedó con 37 integrantes.

Formó un monobloque, que decidió llamar “Bloque de los Trabajadores”, para completar su mandato como diputado nacional, que vence en diciembre, con la mira puesta en “unir al peronismo”, según sus propias palabras.

“Estoy trabajando en la unidad del peronismo. Creo que el Frente Renovador toma otro camino, vengo con alguna distancia en el último tiempo”, había reconocido Daer

Destacó que Randazzo -que todavía demora un pronunciamiento público- es “el mejor candidato que tiene el peronismo” de cara a las PASO de agosto y las legislativas de octubre.

Así, en el interbloque del Frente Renovador-UNA quedan 23 massistas puros; seis delasotistas, liderados por Claudia Rucci; dos dasnevistas; dos representantes del Movimiento Popular Neuquino y otros cuatro monobloques: los de Julio Raffo, Jorge Taboada, Cristina Cremer y María Florencia Peñaloza.


AHORA ALIAS AL CBU

 El Banco CentraLanuncio que el1 de junio entrarán en vigencia dos disposiciones que apuntan a simplificar las transferencias electrónicas: por un lado, la que permite identificar al originante de cada transferencia recibida por una cuenta; por el otro, la que fija que todas las cuentas tendrán un “alias” que reemplazará a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de 22 dígitos.
Hasta el 31 de mayo, los clientes de los bancos tienen tiempo para asignarles a sus cuentas los “alias” que ellos elijan. Si para entonces no lo hicieron, desde el 1 de junio tendrán un “alias” que será asignado por defecto por la entidad en la que operan.
Según indicó la autoridad monetaria, “el formato del alias CBU ‘por defecto’ será una combinación al azar de tres palabras breves y de uso frecuente del idioma castellano, cuya ortografía no sea ambigua cuando se transmita de manera oral”. También se les asignará un “alias” por defecto a las cuentas nuevas.
Cada usuario podrá consultar el alias asignado a través de los canales electrónicos (homebanking, cajeros automáticos y banca móvil) y cambiarlo si así lo desea.
El alias –por defecto o el elegido- puede modificarse usando cualquier combinación de letras y números de hasta 20 caracteres y es portable: el cliente puede conservarlo si se cambia de banco dándose de baja de forma automática en la entidad anterior.
Como con las direcciones de email, ningún usuario puede registrar un alias que ya haya sido registrado por otra persona.
Según el Central, ya hay 500.000 cuentas bancarias con un alias CBU asignado por su titular.

18 de mayo de 2017

EL MACHISMO NO TIENE REMERA

El Concejo Deliberante de la Ciudad de La Plata aprobó una ordenanza pionera contra la violencia de género: prohibió la venta de indumentaria o accesorios que contengan mensajes o dibujos machistas.

La iniciativa fue impulsada hace cinco años por el concejal del Frente Renovador, José Arteaga y se aprobó con el objetivo de “realizar un aporte para un cambio cultural.


“Son cosas que están naturalizadas en el sentido común y que deben dejar de estarlo”. explicó ante el canal de noticias TN, Javier Mor Roig, Subsecretario de Políticas de Género de La Plata.

De este modo, la ordenanza plantea la pena de multa e inahiblitación para aquellos comercios que vendan indumentaria que contenga mensajes o dibujos machistas.

“Está dentro del marco de una política en general de preservación, de la mano de una serie de propuestas del municipio”, agregó el funcionario municipal.

Si bien esta ordenanza es pionera en el territorio bonaerense, la tendencia comenzó a gestarse en Europa, donde desde la Justicia y la Legislación, se busca poner un freno a la publicidad machista.


ENFERMEDADA ENGAÑOSA PARA DETECTAR

La fibromialgia fue reconocida en 1992 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y organizaciones médicas internacionales como una patología de reumatismo no articular, que se caracteriza por un cuadro de dolor músculo-esquelético crónico y generalizado de origen desconocido, sin que existan otras patologías o alteraciones que lo expliquen.

La prevalencia de esta enfermedad, que constituye un problema frecuente en la práctica clínica, oscila entre el 0,7 y el 2% de la población y afecta mayormente a las mujeres. Como es la causa más frecuente de dolor osteomuscular generalizado y crónico, genera un círculo vicioso negativo que paulatinamente afecta todas las áreas de desempeño de la persona, incluyendo lo laboral, lo social y familiar.




Los síntomas principales, que no están presentes todos en todos los pacientes, son:

• El dolor localizado, por ejemplo en la zona lumbar, cervical, hombros, rodillas, muslos y brazos, y suele empeorar con el frío, infecciones, estrés y falta de sueño.

• Agotamiento o fatiga crónica que oscila durante el día con una intensidad moderada a severa.

• Trastornos del sueño: dificultades para conciliarlo o interrupciones frecuentes durante la noche.
• Síndrome del colon irritable, síndrome de vejiga irritable, rigidez del cuerpo (generalmente matutina), cefaleas, malestar abdominal, parestesias, entumecimiento y mareos.

• Aunque no es una enfermedad mental, el 30% sufre cuadros como ansiedad o depresión, y trastornos cognitivos como dificultad para concentrarse o retener información.

El diagnóstico de enfermedad es eminentemente clínico ya que los resultados de radiografías, análisis de sangre y biopsias musculares se presentan normales. Es durante el examen físico general, donde la movilidad articular como el equilibrio muscular y la exploración neurológica se analizan y, si no se aprecian signos inflamatorios articulares, se está frente a este cuadro, explicaron desde el Instituto de Neurología Cognitiva (Ineco).

Si bien existe una predisposición genética, la enfermedad puede “despertarse” tras un pico de estrés o una situación traumática, lo que sucede también con otras enfermedades como la hipertensión, la diabetes y el colesterol.


No existe en la actualidad un tratamiento curativo por tratarse de una enfermedad crónica y progresiva, pero dentro de las opciones de tratamiento se recomiendan:

• Programas de ejercicios aeróbicos

• Ejercicios de fortalecimiento muscular y de estiramiento o flexibilidad

• Técnicas de relajación para aliviar la tensión muscular y la ansiedad

• Programas educativos que ayuden a comprender y controlar la fibromialgia
Además, se ha comprobado que la terapia cognitivo-conductual, mindfulness, kinesiología, la terapia ocupacional, la musicoterapia, la terapia recreacional y la danza terapia son muy efectivas.

Con respecto al tratamiento farmacológico, hay algunas drogas aprobadas que han demostrado eficacia en el manejo de los siguientes síntomas: reducción del dolor y la ansiedad, mejoría del sueño y en la calidad de vida. NR


17 de mayo de 2017

TARDE PERO LLEGO

SALUD PÚBLICA
Ley 27351
Electrodependientes. Beneficio. Registro.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Denomínanse electrodependientes por cuestiones de salud a aquellas personas que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescrito por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.
ARTÍCULO 2°.- El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud tendrá garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente. El medidor de dicho domicilio deberá estar debidamente identificado.
ARTÍCULO 3°.- El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud gozará de un tratamiento tarifario especial gratuito en el servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo jurisdicción nacional.
ARTÍCULO 4°.- El beneficio otorgado por la presente ley a los usuarios registrados como electrodependientes por cuestiones de salud en todo el territorio nacional consistirá en el reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo jurisdicción nacional.
ARTÍCULO 5°.- El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud quedará eximido del pago de los derechos de conexión, si los hubiere.
ARTÍCULO 6°.- La empresa distribuidora entregará al titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud, previa solicitud, un grupo electrógeno o el equipamiento adecuado, sin cargo incluyendo los costos de funcionamiento asociados, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades conforme los preceptos establecidos en el artículo 1° de la presente ley.
ARTÍCULO 7°.- La empresa distribuidora deberá habilitar una línea telefónica especial gratuita de atención personalizada destinada exclusivamente a la atención de los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud disponible las 24 horas incluyendo días inhábiles.
ARTÍCULO 8°.- El Ministerio de Salud de la Nación a través de sus organismos pertinentes, creará y tendrá a su cargo el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.
ARTÍCULO 9°.- La presente ley no invalida los registros especiales para electrodependientes constituidos por las autoridades regulatorias o las empresas distribuidoras locales vinculados a una prestación especial de servicio que se hayan constituido hasta la fecha de sanción de la presente ley.
ARTÍCULO 10.- El Poder Ejecutivo desarrollará campañas de difusión, educación y concientización con el fin de promover los derechos de los electrodependientes por cuestiones de salud y de los principios comprendidos en esta ley. En el marco de la campaña se deberá contemplar que las facturas por los servicios de provisión de energía eléctrica de las empresas distribuidoras contengan una leyenda acorde a los principios de la presente ley.
ARTÍCULO 11.- El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación de la presente ley y asignará las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de sus fines.
ARTÍCULO 12.- Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente y reconocer la gratuidad en los componentes de la facturación del servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo su propia jurisdicción.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27351 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Fecha de publicación 17/05/2017

16 de mayo de 2017

SIN SESIONES EN EL CONGRESO


En el Congreso de la Nacion, volverán a sesionar recién a fin de mes, tras haber aprobado la ley para ponerle un freno al 2x1 a represores habilitado por la Corte Suprema de Justicia

Sesión ordinaria el próximo miércoles 31. El temario todavía no fue acordado, pero la Cámara Alta tiene pendiente el régimen de protección de víctimas de delitos, que les garantiza, entre otras cosas, patrocinio jurídico gratuito.

Con una nueva visita del jefe de Gabinete, Marcos Peña. El ministro coordinador entregará el informe número 101, con respuestas a las 775 preguntas formuladas por los diputados acerca de la situación socio-laboral del país, la política previsional, la política energética y el fallo de la Corte sobre el 2x1, entre otros temas.

Entre las deudas más urgentes de la Cámara baja se encuentra el proyecto que establece un límite a las excarcelaciones, y que fue aprobado con modificaciones en el Senado. Si bien hay acuerdo para ratificar esos cambios, la iniciativa todavía no fue tratada en comisiones y se demora su sanción.

De acuerdo al texto aprobado en el Senado, los autores de delitos graves -homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo- no podrán gozar de salidas anticipadas, transitorias o libertad condicional. Sí contarán con este beneficio los responsables de los delitos de homicidio simple y contrabando.

Otra iniciativa relativa a la seguridad que está pendiente de tratamiento –pero encaminada- en Diputados es la creación de un Registro Nacional de Delincuentes Sexuales (RENADESE), donde se pueda brindar información pública sobre los condenados por este tipo de delitos. El proyecto obtuvo dictamen en plenario de comisiones la semana pasada y quedó en condiciones de ser tratado en el recinto.

También se dilata la aprobación de la ley de Responsabilidad Penal Empresaria, por la que milita la titular de la Oficina Anticorrrupción (OA), Laura Alonso. La propuesta del Poder Ejecutivo, que apunta a castigar a las personas jurídicas por los delitos contra la administración pública y soborno trasnacional, sufriría cambios.


12 de mayo de 2017

HOT SALE...SERA???

El próximo 15, 16 y 17 de mayo se realizará una nueva edición del Hot SaleSe tratan de tres días en los que compañías de todos los sectores bajan sus precios con descuentos que pueden alcanzar hasta el 50%.

La Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE)que organiza el evento, espera un aumento de ventas a pesar de la caída del consumo. Este año participarán más de 350 empresas.


Las categorías que se podrán encontrar en el Hot Sale 2017 serán indumentaria y calzado, electro y tecnología, viajes, hogar-deco y muebles, artículos deportivos y fitness, cosmética y belleza, automotriz, alimentos y bebidas e infantil.


De todas las compañías que participarán en esta nueva edición, el 25% se suman por primera vez. Entre ellas más de 40 radicadas en el interior del país.

En 2016 el Hot Sale generó más de $1.200 millones.

DECRETO SUBASTA DE 93 PROPIEDADES

En el boletín oficial,cinco decretos que firmó el presidente Mauricio Macri, entre agosto de 2016 y abril 2017, para autorizar la subasta de 93 propiedades que pertenecían a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). 

Son, en total, 18.912 hectáreas. Casi la superficie total de la Capital Federal".

Hay desde departamentos y pequeños lotes hasta predios gigantescos que podrían convertirse, en un futuro cercano, en megaemprendimientos inmobiliarios. La mayoría de los inmuebles se ubican, de hecho, en la Ciudad, pero los más grandes -salvo la Isla de Marchi, esa zona porteña que el macrismo quiere convertir en un Puerto Madero bis están en otras provincias: Buenos Aires, Mendoza, Córdoba, Santa Fe, Salta y Jujuy.




También hay ventas en el exterior: edificios que quedan -o quedaban- en Uruguay, Brasil, Colombia y Estados Unidos. La lógica es vieja y conocida: un Estado lo más chico posible. 

El retorno a aquella frase de José Alfredo Martínez de Hoz que el neoliberalismo nacional tomó como axioma sagrado: “Achicar el Estado es agrandar la Nación”. En ese listado de 93 propiedades está la prueba práctica de esa teoría. El inicio de algo que, para la mayoría de los consultados, tendrá su continuidad en patrimonios más emblemáticos. “Si no venden empresas como YPF o Aerolíneas es porque no se aprueban en las encuestas que todos los días hace la AFI. 

11 de mayo de 2017

DOCUMENTO HISTORICO DE MADRES Y ABUELAS EN CONTRA DEL 2 POR 1 A LOS GENOCIDAS

El miercoles 10 de mayo despues de convertirse en  modificacion de la Ley 24390 sobre el 2 por 1..en todo el pais hubo una enorme convocatoria


Discurso completo en la Plaza de Mayo:
En esta jornada histórica, el pueblo y los Organismos de Derechos Humanos reunidos en esta plaza decimos bien fuerte NUNCA MÁS.
NUNCA MÁS impunidad.
NUNCA MÁS torturadores, violadores y apropiadores de niños.
NUNCA MÁS privilegios para los criminales de lesa humanidad.
NUNCA MÁS terrorismo de Estado.
NUNCA MÁS genocidas sueltos.
No queremos convivir con los asesinos más sangrientos de la historia argentina, ni que nuestros hijos y las futuras generaciones tengan que hacerlo. Nuestro pueblo, ejemplar durante tantos años en su defensa de la memoria, no merece ser condenado al olvido.
El miércoles pasado, cuando la Corte Suprema de Justicia aprobó por mayoría el vergonzoso fallo que beneficia con el 2x1 al genocida Luis Muiña, abrió la puerta a la impunidad.
Los responsables de tamaña decisión son los jueces Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco. Al día siguiente del fallo, los abogados de los represores se agolpaban en los tribunales para pedir el privilegio para sus defendidos.
Hay que recordar que el 2x1 fue una ley que sólo estuvo vigente entre 1994 y 2001 y que nació como una necesidad para descomprimir la situación en las cárceles, por entonces superpobladas de personas privadas de su libertad sin sentencia, por demoras de la propia justicia.
Hasta hace una semana, era indiscutido que esta ley no regía para los crímenes de la dictadura, ya que no estaba vigente durante su comisión ni durante su juzgamiento.
Que quede claro: los delitos de lesa humanidad no son delitos comunes, no prescriben y no son anmistiables. La Corte Interamericana de Derechos Humanos niega la posibilidad de aplicar beneficios como el 2x1 a estos crímenes atroces, tal como señalaron los jueces Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, que votaron en disidencia.
Los genocidas, a 41 años del golpe, siguen sin confesar el destino de nuestros hijos e hijas. Y todavía hay más de trecientos hombres y mujeres que viven bajo una identidad falsa. Todos nosotros continuamos buscándolos.
La Corte pretende soltar a Jorge “El Tigre” Acosta, jefe del grupo de tareas de la ESMA; a Alfredo Astiz, famoso mundialmente por desaparecer a las Madres de Plaza de Mayo y a las monjas francesas; a Miguel Etchecolatz, mano derecha de Camps, asesino de la Noche de los Lápices y apuntado por la segunda desaparición de Jorge Julio López; al capellán Von Wernich, culpable de secuestros, tormentos y homicidios y, aun así, nunca expulsado de la Iglesia Católica. Y también pretende liberar a cientos de genocidas más que caminarían por las calles al lado nuestro, al lado de todos ustedes.
Madres, Abuelas, H.I.J.O.S., Familiares, sobrevivientes, las víctimas del terrorismo de Estado, debimos esperar muchos años hasta tener respuestas del poder judicial. Siempre luchamos respetando la ley, nunca hicimos justicia por mano propia. Por eso, este fallo es un insulto a nuestra historia.
Los apropiadores de los nietos y nietas están pidiendo la libertad anticipada, sin haber purgado sus condenas por los gravísimos delitos que cometieron. Y esto no sólo es riesgoso para nuestros nietos sino para toda la sociedad.
Estamos hablando de los responsables del genocidio, de asesinos que terminaron con las vidas de miles de hombres, mujeres y niños, que desaparecieron sus cuerpos, tirándolos al río en los vuelos de la muerte o enterrándolos como NN en fosas comunes.
Estamos hablando de violadores de mujeres, de embarazadas; de carceleros que hicieron parir a nuestras hijas encadenadas, en salas de tortura, y que luego se robaron a sus bebés; de ladrones de niños que hasta hoy les ocultan su origen.
Estamos hablando de los que volvieron a desaparecer a Jorge Julio López; de militares, policías y civiles que perpetraron los crímenes más aberrantes de nuestra historia.
Afortunadamente, la sociedad ha reaccionado con firmeza. Numerosos jueces rechazaron los pedidos de reducción de pena y excarcelación a muchos de los represores condenados por delitos de lesa humanidad. Hoy mismo, los legisladores aprobaron una ley que busca frenar la aplicación del 2x1 a genocidas y represores. Estas decisiones nos llenan de esperanza y gratitud. Necesitamos que los representantes de los tres poderes del Estado tomen el reclamo del pueblo reunido en esta plaza. Que cada uno desde su espacio realice las gestiones y acciones pertinentes para dar vuelta este fallo antidemocrático y pro dictadura.
Por eso, este acto hoy nos convoca a todos y todas. Los organismos de derechos humanos no estamos solos como en épocas aciagas. Nos acompañan referentes de la cultura, del deporte, de la educación, de las organizaciones sociales y sindicales, de distintos signos políticos y partidarios. Pero, fundamentalmente, acá está el pueblo. Un pueblo más sabio, más comprometido, más fuerte para resistir a estos embates que nos retrotraen a un pasado siniestro y que quieren consolidarse como presente y futuro.
Porque lamentablemente la dictadura no es un hecho de un pasado lejano. Los hijos, los nietos, los bisnietos del pueblo argentino serán afectados con estos nuevos vientos de impunidad.
Sabemos que la democracia se construye entre todos, todos los días.
Sumemos fuerzas en esta lucha por la Memoria, la Verdad y la Justicia.
Que la corporación judicial nos escuche, porque no claudicaremos en nuestro reclamo nacional e internacional por la defensa de los derechos conquistados.
Porque haremos oír nuestra voz en todo el mundo. Aquí estamos, en esta plaza y en las plazas de todo el país, alzando nuestra voz contra el olvido, para poner un límite a esta provocación y gritar, con toda la fuerza:
SEÑORES JUECES: NUNCA MÁS. NINGÚN GENOCIDA SUELTO.
30 MIL DETENIDOS-DESAPARECIDOS ¡PRESENTES!
Abuelas de Plaza de Mayo
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) La Matanza
Asociación Buena Memoria
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Comisión Memoria, Verdad y Justicia Zona Norte
Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas
Familiares y Compañeros de los 12 de la Santa Cruz
Fundación Memoria Histórica y Social Argentina
H.I.J.O.S. Capital
Liga Argentina por los Derechos del Hombre
Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora
Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH)

3 de mayo de 2017

EMPLEO DE 24 MESES.BOLETIN OFICIAL

EMPLEO
Decreto 304/2017
Programa de Inserción Laboral.
Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-05304920-APN-DGRGAD#MT, la Leyes Nros. 24.013 y sus modificatorias, 27.200 y 27.345, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.345 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2019 la emergencia social en los términos de la Ley N° 27.200.
Que dicha norma había extendido los efectos de diversa normativa orientada a que el accionar del Estado Nacional pueda intervenir para revertir los efectos negativos que las sucesivas crisis económico sociales han causado sobre la situación del empleo, la pobreza y los ingresos de las familias de nuestro país.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias establece como comprensivas de la política de empleo, entre otras las acciones de servicios de empleo, de promoción y defensa del empleo, de protección a trabajadores desempleados, de formación y orientación profesional para el empleo.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL es Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias y tiene la responsabilidad de establecer programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral.
Que, dentro de esa inteligencia, la citada Cartera de Estado ejecuta distintos programas de empleo, entre ellos, el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06 y sus modificatorias, el cual tiene por objeto promover la incorporación de trabajadoras y trabajadores en empleos de calidad y/o la mejora de sus condiciones de empleo, mediante la asignación de una ayuda económica mensual que podrá ser contabilizada como parte de su remuneración por los empleadores.
Que por su parte, al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL tiene como misión asistir al PRESIDENTE DE LA NACIÓN, en orden a sus competencias, en todo lo que hace al desarrollo social de las personas, las familias y las comunidades del país que atiende, articulando intersectorialmente con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional.
Que en ese cometido, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ejecuta distintos programas de contención social, o vinculados a la economía social, como el PROGRAMA INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, en el cual se enmarcan los programas “ARGENTINA TRABAJA” y “ELLAS HACEN”, y otros con el propósito de atender situaciones sociales que incluyen largos períodos de desempleo de las personas destinatarias.
Que a los efectos de promover y posibilitar la inserción laboral, resulta necesario implementar medidas de articulación, coordinación y continuidad entre las ayudas económicas estatales que perciben los participantes de programas nacionales de empleo y de desarrollo social y los estímulos económicos ofrecidos a los empleadores por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la contratación de trabajadoras y trabajadores afectados por problemáticas de empleo.
Que a estos fines y para una más ágil e inmediata implementación de esta medida, deviene pertinente utilizar las herramientas y procedimientos previstos por el PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, antes mencionado.
Que con el objeto de fortalecer este proceso de articulación y coordinación de políticas públicas, resulta conveniente prever que los estímulos económicos a ofrecer a los empleadores podrán extenderse hasta un plazo de VEINTICUATRO (24) meses, siempre que continúe vigente la relación laboral, en las condiciones que fije la Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Las trabajadoras y los trabajadores afectados por problemáticas de empleo incluidos en programas nacionales implementados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL o por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL que accedan a un empleo bajo relación de dependencia en el sector privado, podrán percibir, o continuar percibiendo, una ayuda económica mensual a cargo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO, Y SEGURIDAD SOCIAL, en los términos del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- La ayuda económica mensual que percibirán los participantes de programas nacionales de empleo y de desarrollo social durante la nueva relación laboral tendrá carácter de subsidio al empleo y podrá ser contabilizada por los empleadores como parte de su remuneración laboral neta mensual.
ARTÍCULO 3°.- Los empleadores interesados en acceder al incentivo económico para la contratación laboral de participantes de programas nacionales de empleo o de desarrollo social previsto en la presente medida deberán adherir al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06 y modificatorias, o al que en un futuro lo reemplace, y solicitar la incorporación al mismo de las trabajadoras y los trabajadores que contraten. Los empleadores gozarán de este beneficio si se trata de una nueva relación laboral, o de la regularización de una preexistente, respecto de la nómina total de trabajadores declarada al día 31 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 4°.- Las trabajadoras y los trabajadores que en el marco de la presente medida sean incorporados al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, o al que en un futuro lo reemplace, podrán percibir la ayuda económica mensual en carácter de subsidio al empleo durante un plazo de hasta VEINTICUATRO (24) meses, siempre que continúe vigente la relación laboral, en las condiciones que fije la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 5°.- El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL será la Autoridad de Aplicación del presente Decreto y dictará las normas aclaratorias, complementarias y de aplicación que resulten necesarias para su implementación, ateniéndose a las características de funcionamiento de los programas nacionales de empleo y de desarrollo social y estableciendo, en el caso de corresponder, los mecanismos de reingreso a los programas de origen, en forma conjunta con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto Jorge Triaca. — Carolina Stanley.
Fecha de publicación 03/05/2017