17 de septiembre de 2013

Sobre el régimen penal juvenil El régimen penal juvenil y la edad de imputabilidad

¿Que es el régimen penal juvenil? Es un régimen que tiene en consideración a los menores para su inclusión dentro del régimen penal (proceso, sanción y ejecución de la sanción). En definitiva es maquillaje que pretende “garantizar el debido proceso” y en realidad garantiza el castigo a los niños. Ya se expidió Zaffaroni sobre el tema y compartimos, diciendo que la internación de los menores de un instituto del cual no pueden salir es “privación de la libertad”. Los chicos tienen que tener un régimen de salud, un régimen de educación, un régimen de recreación y deporte. Pero nunca un régimen penal. Tenemos potenciales atleta, profesionales y artistas en esos chicos que, por ser el resultado de la corrupción y el narcotráfico a los que no queremos enfrentar, se esconden detrás de muros. ¿Qué significa imputabilidad? Poder reprocharle penalmente un hecho delictivo a una persona, por no existir eximentes de ningún tipo. Como los actos humanos, para ser voluntarios deben estar hecho con discernimiento, intención y libertad, la falta de madurez de los niños vicia esta voluntad. Y es por ello que el art. 34 inc. 1º declara inimputables a aquellos que por insuficiencias en sus facultades no hayan podido,comprender la criminalidad de sus actos. Qué suficiencia en sus facultades podemos pretender de niñas y niños que no solo no están dentro de un proceso normal de socialización, protegidos y contenidos, sino que están expuestos a violencias y aberraciones de todo tipo. Niñas de 9, 10, 11 años haciendo felatios por una dosis de “paco” niños de 9,10, 11 años arrebatando un celular para el mismo fin. Y este es un ejemplo clave, ¿porque pretendemos bajar la edad de imputabilidad en lugar de salvar nuestras niños?. Bajar la edad de imputabilidad es una acción genocida que bajo el pretexto de seguridad pretende achacar responsabilidad a los niños para que nosotros ( la sociedad y el estado)nos desentendamos de la responsabilidad nuestra por ellos. Suscribir tratados referentes a la protección de los niños y legislar en contrario es un acto de hipocrecía que nos quita de la lista de países serios. Antes de hablar de imputabilidad de los menores queremos hablar de la imputabilidad de los evasores, de la imputabilidad de los funcionarios de las fuerzas de seguridad que “cuidan” las puertas de los puntos de ventas de droga, de la imputabilidad de los jueces, legisladores y todo tipo de funcionarios que contratan menores de edad para tener relaciones sexuales. La imputabilidad de los que mandan a los niños a pedir en los trenes, subtes, colectivos, en la calle, etc. Haciendo malabares, cantando o repartiendo estampas, etc. Bajar la edad de imputabilidad es: lavarse la propia responsabilidad, acusando a la inocencia. Este sindicato se expide por la protección integral de la familia y con mayor fuerza por todos nuestro niños. Fuente:Rodrigo Diaz Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores Privados de su Libertad (SUTPL

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