Con el objetivo de disminuir el consumo de tabaco y preservar la salud de los niños, la Legislatura Porteña aprobó este jueves con 49 votos a favor, 2 en contra (I.S) y (F.I.T) y 2 abstenciones (AyL) una Ley a través de la cual se prohibirá fumar dentro de los patios de juego presentes en plazas y parques de la Ciudad.
No afecta a la totalidad del parque o la plaza.
Para garantizar su cumplimiento, la normativa establece una serie de sanciones para quienes la infrinjan.
Las mismas están contempladas en el artículo 54 de la Ley N° 1.472 del Código Contravencional, que prevé multas que oscilan entre los 600 y 15 mil pesos, además de entre tres y 30 días de arresto; no obstante, todas estas penas se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños.
En los fundamentos del proyecto, si bien estos espacios destinados a la recreación de los niños son claramente diferenciables en función de su uso, los mismos no pueden ser segmentados físicamente del resto de la plaza o parque al que se integran, siendo de esta manera pasibles de sufrir inmisiones de los humos y olores derivados del fumar en su cercanía.
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